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Recomendaciones para protegerse contra fraudes online

Es fundamental estar alerta y tomar medidas para mantener nuestra seguridad en línea. Aquí tienes un resumen de pautas para ayudarte:

  1. Desconfía de correos y enlaces sospechosos: Si recibes un correo electrónico o SMS inesperado que solicita información confidencial o te insta a hacer clic en un enlace, verifica su autenticidad antes de actuar.
  2. No reveles contraseñas por correo, mensajería o SMS: Las entidades legítimas nunca te pedirán que ingreses tu contraseña a través de estos medios. Siempre verifica la fuente antes de proporcionar información personal.
  3. Cuidado con los enlaces en mensajes: Evita hacer clic en enlaces de correos electrónicos o mensajes de cualquier tipo. Siempre accede a sitios web directamente desde tu navegador escribiendo la URL o utilizando marcadores guardados.
  4. Contraseñas seguras: Mantén tus contraseñas confidenciales y cambia regularmente las que utilizas. Si necesitas asistencia, comunícate directamente con la entidad correspondiente.
  5. Desconfía de mensajes urgentes: Si recibes un mensaje alarmante que requiere una acción inmediata, verifica su autenticidad antes de tomar medidas.

Recuerda que la prevención es clave para mantenernos seguros en línea.

La Factura Electrónica: para 2025 o posterior

La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas (conocida como Ley Crea y Crece) ha establecido la obligación de emitir facturas electrónicas en todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales, sin importar el tipo de operación o el sector de actividad. Además, los sistemas de facturación electrónica deben garantizar su interconexión e interoperabilidad de manera gratuita.

El Reglamento que desarrolla la Ley en lo referente a la Factura electrónica, a fecha septiembre de 2023, está en estado borrador pendiente de aprobación por parte de la Comisión Europea y por el Gobierno de España. Se preveía que para finales de diciembre de 2023 o principios del 2024 estuviese aprobado, aunque recientes comunicaciones sugieren nuevos retrasos.

Una vez aprobado el Reglamento, comenzarán a contarse los siguientes plazos:

  • Al año de la aprobación, la Factura electrónica será obligatoria para las empresas y profesionales con facturación superior a los 8 millones de euros. La fecha estimada podría ser finales de 2024 o principios de 2025.
  • A los dos años de la aprobación, será obligatoria para las empresas y profesionales con facturación menor de 8 millones de euros:la fecha estimada podrá ser finales de 2025 o principios de 2026(Vea el BOE relacionado)
 

Herramienta AEAT para Sujeto, Exento, etc

Esta herramienta de la AEAT nos ha parecido muy útil:

Si tenemos dudas acerca de si una factura debe de estar sujeta, no sujeta, o exenta de IVA, basta con seguir este enlace de la web de Hacienda, responder a las preguntas, y nos dará una respuesta simple y clara.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/soporteaeat/Localizador.nsf/Localizador?OpenForm

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